
Por Hal Rocha
La noticia de la detención forzada del hoy ex presidente de Honduras, Mel Zelaya, por un comando militar la madrugada de ayer domingo no deja de ser bastante sobrecogedora. Nos recuerda, como no podría ser de otra manera, los copiosos episodios de golpes de estado que forjaron buena parte de la historia política de América Latina desde las décadas de la independencia a principios del siglo XIX hasta finales del XX. A su detención, o “secuestro” como él lo ha caracterizado, se suma su traslado a una base aérea a las afueras de Tegucigalpa, donde aguardaba un avión militar que posteriormente le deportó a Costa Rica.
Una lectura superficial y apresurada de estos hechos conduce naturalmente a las reacciones de condena por parte de la comunidad internacional, que no se han hecho esperar. Éstas hablan de un retorno a la constitucionalidad, al estado de Derecho y al imperio de la Ley, con repulsa implícita hacia los militares por aparentemente violentar todo lo anterior. Resulta curioso, entonces, que una lectura más profunda y detenida sugiere que es el depuesto presidente quien había violentado la Constitución hondureña, el estado de Derecho y el imperio de la Ley, en impetuoso desafío al criterio de los otros dos poderes del Estado, judicial y legislativo, además de las posturas del órgano supervisor del proceso electoral, y de líderes del sector privado, la iglesia y la sociedad civil.
Para entender un poco mejor lo que ocurrió, habría que separar el proceso al ciudadano Zelaya del proceso al presidente Zelaya como titular del Poder Ejecutivo. Es obvio que el primero es insostenible bajo todo precepto jurídico: los más básicos conceptos de protección de los derechos fundamentales del hombre velan por el derecho a un juicio justo y prohíben procesos sumarios en que el acusado no tiene oportunidad de presentar una defensa ni objetar a una sanción como el destierro. La detención nocturna a manos de las Fuerzas Armadas, y su vertiginosa deportación a otro país centroamericano, nos recuerdan, con una cercanía más que incómoda, las yagas abiertas del programa Rendition de la administración Bush.
El proceso contra el titular del Ejecutivo, sin embargo, tiene una trayectoria más amplia y, salvo alguna novedad, parece estar provista de sólido apoyo jurídico. La semana pasada el Sr. Zelaya promulgaba el Decreto Ejecutivo PCM-020 (“Encuesta de Opinión Pública Convocatoria Asamblea Nacional Constituyente”) por el cual anunciaba que la consulta prevista para ayer, cuyo propósito original era determinar el apoyo popular para que en noviembre los hondureños decidiesen con el voto si convocaban una Asamblea Constituyente, se saltaría el paso previo y sería más bien la propia consulta constitucional. En otras palabras, en lugar de decidir este domingo si se quería votar en noviembre la reforma constitucional, ésta quedaría ya decidida en la consulta de ayer. El aspecto más polémico de la consulta prevista para noviembre es su supuesto propósito de procurar una reforma constitucional que permita al presidente su reelección y perpetuarse en el poder. Si esperaba a noviembre, no podría postularse él.
El Poder Judicial de Honduras se pronunció en contra del salto de este paso, por considerarlo una violación de la Constitución vigente, sin lograr disuadir al ex-Presidente que anulara la consulta. El viernes 26 el Ministerio Público cursó un recurso ante el Tribunal de Letras de lo Contencioso Administrativo argumentando desobediencia del dictamen del Poder Judicial por parte del Ejecutivo. El Tribunal emitió orden a las Fuerzas Armadas para requisar el material a utilizarse en la consulta ilegal, y la Corte Suprema de Honduras ratificó esas acciones.
En el transcurso de la mañana de ayer domingo se conoció una carta con la firma y sello del ex Presidente Zelaya anunciando su renuncia irrevocable a la presidencia de Honduras. La carta tiene fecha 25 de junio, es decir, un día antes del recurso del Ministerio Público, y tres antes de la consulta. Hasta ahora, dicha carta no ha sido desvalorada por el Sr. Zelaya, y sirvió de base para que el Congreso hondureño aceptara su renuncia. A continuación el Congreso votó para investir presidente al Sr. Micheletti, de acuerdo a lo provisto en la Constitución de Honduras. Éste ha garantizado que permanecerá en el poder temporalmente hasta agotar el período inconcluso del Sr. Zelaya, es decir, unos 6 meses, y que los comicios presidenciales programados para noviembre se mantendrán.
La comunidad internacional ha condenado el proceso de separación del Sr. Zelaya y ha pedido su restitución inmediata para asegurar el retorno a la legalidad. Es obviamente una respuesta política a lo que se percibe como un golpe en todo su rigor, pero es una respuesta que carece de sustento jurídico. Las formas, infelizmente, han prejuiciado el contenido y han generado una confusión más que desafortunada, aunque remediable.
Es el Sr. Zelaya quien intentó usurpar poderes que no le corresponden de acuerdo a la normativa hondureña, desobedeciendo dictámenes del Poder Judicial y del Tribunal Supremo Electoral, y despreciando además las protestas en contra por parte del Poder Legislativo, y de líderes de la sociedad civil. Las acciones de las Fuerzas Armadas, bajo la tutela del Poder Judicial, sirvieron, por el contrario, para restablecer el orden constitucional. Es decir, los militares actuaron en defensa, y no en contra, de la legalidad y de la democracia hondureña. El Poder Legislativo siguió también las normas constitucionales y el nuevo Presidente ha llegado al poder no por un golpe de estado sino por un proceso constitucional y según parece en toda regla.
De esta forma, el nuevo Poder Ejecutivo hondureño ya ha cumplido con el llamado de la comunidad internacional a ajustarse a la legalidad. Por tanto, las condenas que han sido comunicadas por el Departamento de Estado de los Estados Unidos, por los ministros de exteriores de la Unión Europea, y por órganos como el SICA, la OEA y la ONU, tendrán que ser retiradas, por respeto a las decisiones soberanas del gobierno Hondureño que no incumplen ninguna normativa multilateral.
Los comentarios en la Web desde que se conoció la noticia parecían recordar, como precedente paradigmático, el golpe militar que derrocó en 1973 en Chile al gobierno de Salvador Allende. Yo creo que el precedente más apropiado es el fallo de la Corte Suprema de los Estados Unidos en diciembre del año 2000 en el caso Bush v. Gore, 531 U.S. 98 (2000). En ese caso, el Poder Ejecutivo que titulaba el ex-Presidente Clinton no dudó en acatar las órdenes del Poder Judicial. Y aunque mostró su desacuerdo, no dudó ni un sólo momento en cumplir la ley. Nadie se planteó usurpar el equilibrio constitucional de los Poderes del Estado, como sí ocurrió en Honduras este fin de semana.
Si las acciones de ayer domingo siguieron el imperio de la ley, el “golpe” no es golpe, y las consiguientes condenas pronto dejarán de serlo, lo que traerá el reconocimiento internacional del nuevo Ejecutivo.
© 2009 Todos los derechos reservados

